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Contribuyentes que deben utilizar el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE)

Sistema Integrado de Registros Electrónicos

El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) es una herramienta informática creada por la SUNAT para facilitar la generación del Registro de Compras Electrónico (RCE) y el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) a partir de la información de los comprobantes de pago electrónico.

Posterior a la generación de ambos registros se emitirá automáticamente una propuesta de las casillas de ventas y compras de tu Declaración mensual del IGV.

Esto reduce significativamente el tiempo y esfuerzo que invertías en el cumplimiento de tus obligaciones tributarias.

Obligados

  1. Periodo julio 2023: Contribuyentes comprendidos en el anexo No. 7 de la Resolución de Superintendencia N° 112.2021/SUNAT
  2. Periodo octubre 2023: Contribuyentes del RER y MYPE Tributario que al 30/09/2023 estén obligados a utilizar el Sistema de Libros Electrónicos (PLE o Portal)
  3. Periodo agosto 2024: Contribuyentes que al 31/07/2024 se encuentren obligados a llevar el Registro de Ventas e ingresos y el Registro de Compras, conforme a la Ley del IGV.
  4. A partir de los períodos julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre o diciembre de 2023 o enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio o julio de 2024, según corresponda, los contribuyentes que, de conformidad con el artículo 4 de la Resolución de Superintendencia No. 286-2009/SUNAT y el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia No. 379-2013/SUNAT, adquieran en esos períodos la obligación de llevar sus registros en el Sistema de Libros Electrónico.

Fuente: Sunat

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